En muchas ocasiones los peritos psicólogos recibimos peticiones para realizar un informe pericial por temas de acoso laboral.
El primer punto que requiere aclaración es la diferencia entre un informe pericial psicológico y el realizado por un médico psiquiatra: hay que tener en cuenta que un psiquiatra se ciñe a lo que le dice el paciente para establecer un diagnóstico, por lo que en un primer momento, la presencia de una sintomatología ansioso-depresiva, unida a lo manifestado por el paciente, puede ser suficiente para pautar un tratamiento y producir una baja médica.
Sin embargo, en un informe pericial psicológico, además de la realización de pruebas psicológicas y cuestionarios, que aportan mayor validez a la evaluación, se tienen en cuenta otros factores de motivación, nivel de funcionamiento de la persona, estrategias de afrontamiento utilizadas, factores socioeconómicos, posibilidad de obtener un beneficio personal más allá de la sintomatología descrita, que hacen más veraz su diagnóstico. Además de tener en cuenta los síntomas característicos de una patología propia de una situación de acoso laboral, es necesario descartar la posibilidad de existencia de simulación por parte del solicitante del informe que pueda hacer sospechar un intento de manipulación de pruebas.
Por tanto, en el ámbito forense, además de la existencia de datos clínicos concordantes con esta situación, se analizan las consecuencias antecedentes (cuando aparecen los síntomas, situaciones de conflictividad laboral previa, utilización de bajas laborales coincidentes con apercibimientos por parte de la empresa) como forma de tener un corpus de conocimiento de la situación real de la persona objeto del informe.
Una vez realizada esta evaluación, si los datos apuntan a la existencia de un trastorno derivado de una situación de acoso laboral, entonces el perito psicólogo podrá realizar un informe “favorable” para la persona que lo solicita. Sin embargo, un dato importante que a veces se soslaya, es que un informe pericial no podrá contener una afirmación sobre la existencia de un acoso laboral, ya que dilucidar este aspecto es competencia del Juez, de esta forma el perito sólo podrá afirmar la existencia de un trastorno psicológico compatible con una situación de acoso laboral.
Un informe pericial psicológico que intente confirmar la presencia de acoso no es plenamente válido, ya que el perito sólo puede circunscribirse a su competencia, que es determinar el estado psicológico del actor, a la vez que debe administrar suficientes pruebas tendentes a descartar la posibilidad de una simulación de síntomas con la finalidad de conseguir un beneficio económico de forma fraudulenta.
Otras de las dudas que surgen cuando una persona pretende denunciar una situación de acoso laboral es si le van a servir los informes clínicos que puede tener, es decir, los informes de los diferentes profesionales de la Salud Mental con los que puede estar en tratamiento.
Evidentemente este tipo de informes tiene un valor importante para valorar la posible sintomatología, el curso de la misma y su respuesta al tratamiento pero carecen del valor que tiene un dictamen pericial, aunque el perito considerará como una prueba de existencia de sintomatología la existencia de un tratamiento continuado con informes clínicos que lo sustenten.
Sería raro pensar que una persona con una situación de acoso laboral no estuviera acudiendo a terapia, ya que sería la primera recomendación formulada por los servicios de Salud Mental (que pueden llevar a cabo en la sanidad pública o privada). Una denuncia por acoso laboral en el que la persona sólo presente partes de baja confirmados por su médico o su psiquiatra, sin existir un tratamiento terapéutico, debe producir desconfianza respecto a su veracidad, por la ausencia de voluntad de la persona por salir de una situación que se torna extremadamente difícil de superar por una persona que sufre acoso laboral.
Como conclusión cabe decir, que por respeto a aquellas personas que sufren un acoso laboral, el perito psicólogo debe ser extremadamente minucioso en el análisis del caso, y estudiar en profundidad la posibilidad de una simulación de sintomatología en aras de preservar la credibilidad de las personas sometidas a una dramática situación de acoso.